1. La Compañía S.A.S, es GC, compra a Jorge Fiel, RC. $1.000.000 en mercancías + Iva 19%. Según lo anterior:
a.¿AS Ltda, debe realizar Reteiva?
R/. Sí, por todos los Grandes Contribuyentes retienen IVA a todos los del Régimen Común.
b. ¿De acuerdo con la respuesta anterior, ¿cuál es el valor neto a cancelar, a Jorge Fiel?
R/. Primero calculamos el Iva (19%) de $1.000.000, así: 1.000.0000 * 19% = $190.000
Luego calculamos el RETEIVA, 15% sobre $160.000
Por lo tanto el valor neto a PAGAR es:
$1.000.000
+ 190.000
- 28.500
$1.161.500
2.La compañía El Ferretero S.A, de Cali, es RC, compra artículos eléctricos a Almacén El Cable, perteneciente al Régimen Simplificado, por $ 900.000.
a.¿El Ferretero S.A, debe realizar Reteiva?
R/ No. Porque de acuerdo con las normas actuales, ya no se practica RETEIVA, a Régimen Simplificado.
b. ¿Según la respuesta anterior, cual es el valor a cancelar a Almacén El Cable?
R/. En este caso especial, se le cancela el valor total de la factura, o sea, $900.000.
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