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RETENCIONES 2015 (Material de Apoyo)

Estudiantes de Gestión Contable, Administración de Empresas, Secretariado Gerencial, Administración Hotelera y Turismo
> SALARIALES A partir de UVT A partir de pesos Tarifas
1 Aplicable a los pagos gravables, efectuados por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, originados en la relación laboral o legal y reglamentaria, y categoria empleados. 95       2,611,000 Tabla del Art.383 del ET
2 Los pagos mensuales o mensualizados (PM) efectuados por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, a las personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados. 128.96       3,544,000 Tabla del Art.384 del ET
3 Indemnizaciones salariales empleado sueldo superior a 10 SMMLV (Art. 401-3 E.T.) N/A                     1 20%
Num. HONORARIOS Y CONSULTORIA A partir de UVT A partir de pesos Tarifas
4 Honorarios y Comisiones (Cuando el beneficiario del pago sea una persona jurídica o asimilada. Dcto 260. 2001 Art. 1) N/A                     1 11%
5 Honorarios y Comisiones cuando el beneficiario del pago sea una persona natural (Art. 392 Inc 3), sera del 11% Para contratos que se firmen en el año gravable o que la suma de los ingresos con el agente retenedor superen 3.300 uvt ($90.700.500 Uvt año 2014). Dcto 260 de 2001 Art. 1 N/A                     1 10%
6 Por servicios de licenciamiento o derecho de uso de software. Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios en el país. (Dcto 2521 de 2011), para no declarantes la tarifa se aplica segun lo establecido en el numeral 5 N/A                     1 3.5%
7 Por actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática. (Dcto 2521 de 2011) para no declarantes la tarifa aplica segun lo establecido en el numeral 5. (Dcto 2499 de 2012) N/A                     1 3.5%
8 Contratos de administración delegada (Cuando el beneficiario sea una persona jurídica o asimilada) Dto 260 de 2001, Art. 2. N/A                     1 11%
9 Contratos de administración delegada P.N. No declarantes (La tarifa sera del 11% si cumple con los mismos requisitos del numeral 5) Dto 260 de 2001, Art. 2. N/A                     1 10%
10 En los contratos de consultoría de obras públicas celebrados con personas  jurídicas por la Nación, los departamentos las Intendencias, las Comisarías, los Municipios , el Distrito Especial e Bogotá los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado posea el noventa  por ciento (90%) o más de su capital  social cuyo  remuneración se efectúe con base en el método  de factor multiplicador señalado en le artículo 34 del Decreto 1522 de 1983 y por los señalamientos en los literales a) y d) del artículo 35 del mismo Decreto. Dcto 1354 de 1987 Art. 5. N/A                     1 2%
11 Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones, que realicen las PN  o PJ pública o privado, las sociedades de hecho, y  demás entidades a favor de PN o PJ y entidades contribuyentes obligadas a presentar declaración de Renta. Dcto 1141 de 2010. N/A                     1 6%
12 Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones, a favor de PN  No obligadas a presentar declaración de Renta.                                                           La retencion para PN o Uniones temporales Sera del 6% en los siguientes casos: a) Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la PN directamente o como miembro del consorcio o unión temporal superan en el año gravable (3.300) UVT. b) Cuando de los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por los ingresos superan en el año gravable el valor equivalente a tres mil trescientas (3.300) UVT. Dcto. 1141 de 2010. N/A                     1 10%
13 Prestación de servicios de sísmica para el sector hidrocarburos. Pagos o abonos en cuenta que realicen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales  a PN, PJ o asimiladas obligados a declarar renta. Dcto 1140 de 2010. Para No declarantes de renta la tarifa es del 10% N/A                     1 6%
Num. SERVICIOS A partir de UVT A partir de pesos Tarifas
14 Servicios en general personas jurídicas y asimiladas y PN declarantes de renta. Dcto 260 de 2001 Art. 3 4          110,000 4%
15 Servicios en general PN no declarantes de renta (Art. 392 Inc 4) 4          110,000 6%
16 Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, aéreo o marítimo) Dcto 1189 de 1988 Art. 4 4          110,000 1%
17 Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre). DECLARANTES  (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 27          742,000 2.5%
18 Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre).  NO DECLARANTE (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 27          742,000 3.5%
19 Servicio de transporte nacional de pasajeros (aéreo y marítimo) Decreto 399 de 1987 Art. 2 4          110,000 1%
20 Servicios prestados por Empresas Temporales de Empleo. (Sobre AIU) Dcto 1300 de 2005 Art. 1 4          110,000 1%
21 Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo. (Sobre AIU). Dcto 3770 de 2005 Art. 1  4          110,000 2%
22 Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos (Art. 392 Inc 5 E.T.) 4          110,000 2%
23 Arrendamiento de Bienes Muebles. Dcto 3770 de 2005 Art. 1 N/A                     1 4%
24 Arrendamiento de Bienes Inmuebles. DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 27          742,000 2.5%
25 Arrendamiento de Bienes Inmuebles. NO DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 27          742,000 3.5%
26 Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que sean "declarantes de renta" Dcto 886 de 2006 Art. 2 27          742,000 4%
27 Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales  que no sean declarantes de renta. Dcto 886 de 2006 Art. 2 27          742,000 3.5%
28 Servicio de Hoteles , Restaurantes y Hospedajes.  DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 4          110,000 2.5%
29 Servicio de Hoteles , Restaurantes y Hospedajes.  NO DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 4          110,000 3.5%
30 Contratos de construcción, urbanización y en general confección de obra material de bien inmueble. Dcto 2418 de 2013 Art. 2  27          742,000 2%
Num. COMPRAS A partir de UVT A partir de pesos Tarifas
31 Compras y otros ingresos tributarios en general DECLARANTE (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 27          742,000 2.5%
32 Compras y otros ingresos tributarios en general NO DECLARANTE (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 27          742,000 3.5%
33 Compra de bienes y productos Agrícolas o Pecuarios sin procesamiento industrial. Dcto 2595 de 1993 Art. 1 92       2,529,000 1.5% 
34 Compra de bienes y productos Agrícolas o Pecuarios con procesamiento industrial. DECLARANTE Dcto 2595 de 1993 Art. 1 27          742,000 2.5%
35 Compra de bienes y productos Agrícolas o Pecuarios con procesamiento industrial. NO DECLARANTE Dcto 2595 de 1993 Art. 1 27          742,000 3.5%
36 Compra de Café Pergamino o cereza. Dcto 1479 de 1996 Art. 1. 160       4,398,000 0.5% 
37 Compra de Combustibles derivados del petróleo. Dcto 3715 de 1986 Art. 2 N/A                     1 0.1% 
38 Adquisicion de vehiculos. Dcto 2418 de 2013 Art. 2  N/A                     1 1%
39 Adquisicion de Bienes raices para vivienda de habitación por las primeras 20.000 uvt. Dcto 2418 de 2013 Art. 2. vendedor Persona Juridica                   20,000   549,700,000 1%
40 Adquisicion de Bienes raices para vivienda de habitación sobre el exceso de las primeras 20.000 uvt. Dcto 2418 de 2013 Art. 2. vendedor Persona Juridica                   20,000   549,700,000 2.5%
41 Adquisicion de Bienes raices uso diferente a vivienda de habitación. Dcto 2418 de 2013 Art. 2. vendedor Persona Juridica  N/A                      1 2.5%
42 Enajenación de activos fijos por parte de una persona natural o juridica (Art. 398, 399 y 368-2  E.T.) o venta de bienes inmuebles vendedor persona natual. N/A                     1 1%
Num. OTROS A partir de UVT A partir de pesos Tarifas
43 Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas débito o crédito. Dcto 406 de 2001 art. 17 - Dcto 556 de 2001 Art. 1  N/A                     1 1.5%
44 Loterías, Rifas, Apuestas y similares. Art. 306, 217, 402 y 404-1 E.T.  48       1,319,000 20%
45 Colocacion independiente de juegos de suerte y azar. Los ingresos diarios de cada colocador debe exceder de 5 UVT (Art. 401-1 E.T.) 5          137,000 3%
46 Indeminizaciones diferentes a las salariales y a las percibidas en demandas contra el estado (Art. 401-2 E.T.) N/A                     1 20%
47 Rendimientos Financieros Provenientes de titulos de renta fija, contemplados en el Decreto 700 de 1997. Dcto 2418 de 2013 Art. 3  N/A                     1 4%
48 Rendimientos financieros en general  Art. 395, 396 y Dct 3715 de 1986. N/A                     1 7%
49 Rendimienos financieros provenientes de títulos de denominación en moneda extranjera Dcto 3025 de 2014 N/A                     1 4%
50 Ingresos provenientes de las operaciones realizadas a través de instrumentos financieros derivados.Dcto 2418 de 2013 Art. 1 N/A                     1 2.5%
51 Intereses originados en operaciones activas de crédito u operaciones de mutuo comercial. N/A                     1 2.5%
52 Dividendos y participaciones gravadas. Dcto 567 de 2007 N/A                     1 20% o 33%

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