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sábado, 2 de marzo de 2019

CUENTAS "T" (CONT.)

1. Contabilizar intereses financieros por $100.000

  CAJA GENERAL                                             INTERESES                       BANCOS
DEBE          HABER                                        DEBE     HABER              DEBE       HABER
100.000        100.000                                                 100.000                           100.000

Nota: se contabiliza primero la entrada de dinero en la Caja General, luego se lleva al Banco.

2. Contabilizar gastos que se cancelan con cheque:
a. Pago de Nómina por $2.000.000 y auxilio de Transporte de $148.000

    SUELDOS                  AUX. TRANSP.          APORTES EPS             APORTES  AFP          BANCOS
DEBE   HABER          DEBE     HABER               DEBE  HABER             DEBE     HABER       DEBE   HABER      
2.000.000                 48.000                                           80.000                           80.000                1.888.000

b. Pago de Servicios de Teléfono por  $130.000

 TELEFONO                                          BANCOS
DEBE       HABER                                 DEBE    HABER
130.000                                                            130.000

Como se puede observar todos los gastos se DEBITAN

3. Contabilización de Ventas

Se venden mercancías por $1.000.000, el cliente abona el 40%, y el saldo a 20 días. El costo de compra es de $500.000

CLIENTES NACIONALES               COMER.AL X MAYOR Y MENOR
DEBE               HABER                                        DEBE                 HABER
1.000.000           200.000                                                            1.000.000


CAJA GENERAL                             BANCOS
DEBE             HABER                       DEBE    HABER
200.000          200.000                                 200.000


COSTO DE VENTAS                     MCIAS. NO FABR. POR LA EMPRESA
DEBE             HABER                               DEBE                    HABER
500.000                                                                                500.000


4.   Contabilización de Compras

Se compran mercancías por $500.000, se cancela el 20%, y el saldo a 30días.

MCIAS. NO FABR. POR LA EMPRESA            PROVEEDORES NACIONALES
          DEBE               HABER                              DEBE                     HABER
           500.000                                                 100.000                   500.000



        BANCOS
DEBE     HABER
              100.000

CONTABILIDAD I: CUENTAS "T"

Dinámica de las cuentas, según  el Plan Único para comerciantes (PUC).

Reglas de la contabilidad:

1. Siempre se empieza registrando al DEBE (debitar) luego se registra al HABER (acreditar).

2. Por cada transacción, se debe conservar la regla: "... la sumatoria de los registros al debe debe ser igual siempre a la sumatoria de los registros al haber.."

3. Cuando la sumatoria del movimiento al DEBE es mayor que, que la sumatoria del movimiento al HABER, el saldo de la cuenta siempre será DÉBITO.

4. Cuando la sumatoria del movimiento al DEBE es menor que, la sumatoria del movimiento al HABER, el saldo de la cuenta siempre será CRÉDITO.

EJEMPLOS DE TRANSACCIONES SIMPLES

A. Registrar la constitución de una Sociedad Anónima, según la cual, los Accionistas (5).aportan cada uno $5.000.000., para un total de $25.000.000. Aportes pagados en Efectivo

       CAJA GENERAL                                             CAPITAL AUTORIZADO
DEBE            HABER                                                 DEBE           HABER
25.000.000                                                                                    25.000.000

B. Se adquieren mercancías a crédito por $3.000.000, se paga $2.000.000, con cheque de contado, el resto a 30 días.

MCIAS NO FABRI.POR LA EMP              PROVEEDORES NACIONALES
DEBE                  HABER                                 DEBE                        HABER
3.000.000                                                          2.000.000                   3.000.000
   
BANCOS
DEBE   HABER
              2.000.000


CUENTAS "T": Parte II

Norma Contable: siempre debemos iniciar los registros contables por el DEBE y después por el HABER. 

En todo momento debemos verificar que la sumatoria de los débitos es igual a la sumatoria de los créditos.

Ejemplo:

La empresa ABC Ltda, se constituye para vender dos productos A y B, con un capital inicial de $50.000.000, aportado por dos socios. En el Banco de ...... abren una cuenta con el aporte de los socios. Luego se inscriben en la Cámara de Comercio y pagan con cheque en Registro Mercantil, $1.200.000. Luego compran $500.000 en productos A y, $ 300.000 en productos B. Cancelan de contado el 50% y el saldo a veinte días.
Realizan una venta de crédito, por $300.000 de Productos A y por $200.000 de Productos B, el costo de la mercancía equivale al 70%.

Registrar lo anterior en cuentas "T".

DESARROLLO
110505                                         311505
C     A     J        A              CUOTAS O PARTES DE INTERES
$50.000.000                                                  $50.000.000

111005                                                 110505
BANCO             DE ...               C         A        J             A
$50.000.000                                                  $50.000.000

143505                                                      111005
REGISTRO MERCANTIL                 BANCO         DE       ....
$1.200.000                                                     $1.200.000

143505                                                       220505
MCIAS NO FABR. X LA EMP           PROVEEDORES  NALES
$800.000                                                          $  800.000

220505                                                    111005
PROVEEDORES  NALES                BANCO          DE    ....
$400.000                                                          $400.000

130505                                                  413505
C L I E N T E S                      COMERCIO AL X MAYOR Y X MENOR
$500.000                                                             $500.000

613505                                                  143505
COSTO DE VENTAS               MCIAS. NO FABR. POR LA EMPR.
$350.000                                                              $350.000

VIDEOS FINANCIEROS








EJEMPLO CON INDICADORES FINANCIEROS

NIVELES DE INDICADORES

VIDEOS FINANCIEROS

LA HORA DE LA VERDAD I
https://www.youtube.com/watch?v=N0cxlOxusbM

VIDEOS FINANCIEROS

LAS CUENTAS DE RESULTADOS
https://www.youtube.com/watch?v=KaufedkRQkc

CONCILIACION BANCARIA


https://www.youtube.com/watch?v=Zq4z-rvXfYw

ACTIVIDAD ANALISIS FINANCIERO 2019

ANÁLISIS FINANCIERO:
Etapas de un Análisis Financier
o

  • Etapa Preliminar: se debe determinar cual es el objetivo que se persigue y puede ser planteado en tres formas.
  • La primera forma define cual es el problema de la empresa y se hace un análisis, buscando las causas ejemplo: cuando la empresa está ilíquida.

  • La segunda forma es cuando no se detecta el problema y se hace un análisis con el objetivo de sondear si existe un problema.
  • La tercera forma es la que se realiza cuando se trata de realizar un análisis, para determinar si el empresa está en capacidad de endeudarse más.

ÍNDICES DE LIQUIDEZ:

  • Entenderemos por liquidez, la capacidad que tiene la empresa de generar fondos suficientes para el cubrimiento de sus compromisos en el corto plazo, tanto operativos como financieros. 
  • También se define la Liquidez como la capacidad de pagar a corto plazo.
ROTACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR: 

  •  este índice muestra las veces que las cuentas por cobrar, también llamada “cartera”, son convertidas en efectivo durante el período y se calcula así:
Ventas a Crédito

  • Promedio de CxC
  • Lo mas usual que este indicador se exprese en días dividiendo 360 por la rotación obtenida y esta se compara con la política de crédito de la empresa
ROTACIÓN  DE INVENTARIO

  • Indica las veces  que éste es convertido en efectivo durante el periodo. Como existen diversos tipos de inventarios, hay que calcular para cada uno de ellos: M.P, Productos en Proceso, Productos Terminados, Mcías  No Fabricada s por la empresa. Se calcula dividiendo:

COSTO DE  LA MERCANCÍA VENDIDA
Inventario Promedio de Productos o Mercancías
  • Este índice se expresa en días y cuando la rotación es baja, hay fondos ociosos en los productos.
Una alta rotación del inventario, además de sugerir un adecuado manejo de las ventas o de la producción, puede estar reflejando una insuficiencia de capital de trabajo.
                             

ROTACIÓN DE CUENTAS POR PAGAR: 

  • este índice nos da una idea de como se está manejando el crédito con los proveedores. Se calcula así:
Compras a Crédito

  • Promedio de Cuentas por Pagar
LA RAZÓN CORRIENTE:   también se le denomina “índice de liquidez” o “prueba de solvencia”.

  •  Se calcula así:
Activos Corrientes
Pasivos Corrientes

PRUEBA ÁCIDA: también se le denomina “índice de liquidez inmediato”. 

  • Es una extensión de la razón corriente y se calcula así:
Activos Corrientes – Inventarios
Pasivos Corrientes

ACTIVIDAD A REALIZAR (septiembre 29 2018): Del  taller guía  realice los siguientes cálculos para:
ROTACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR
ROTACIÓN DE INVENTARIOS TOTALES
RAZÓN CORRIENTE
PRUEBA ÁCIDA


FACTORES QUE AFECTAN LAS CUENTAS DE LOS EE FF

¿Cuáles son las variables que afectan los Estados Financieros?

viernes, 11 de enero de 2019

TABLA RETEICA 2019

MATERIAL DE APOYO

TABLA DE RETEICA 2019 -MUNICIPIO DE CALI
UVT 2019 $         34.270
UVT
SANCIÓN MÍNIMA5 $       171.000
INTERESES DE MORA
Igual al que establece la Dian
RETENCIÓN DE INDUSTRIA Y COMERCIO
COMPRAS15 $       514.000
SERVICIOS3 $       103.000

TABLA DE RETENCION EN LA FUENTE 2019







TABLA RETENCION EN LA FUENTE AÑO 2019
UVT
$ 34.270

Núm..
SALARIALES
A partir de UVT
Base
Tarifas
1
Salarios, y pagos o abonos en cuenta por concepto de ingresos por honorarios y por compensación por servicios personales obtenidos por las personas que informen que no han contratado o vinculado dos (2) o más trabajadores asociados a la actividad.
87
$ 2.981.000
2
Indemnizaciones salariales empleado ingresos superiores a 10 SMMLV (Art. 401-3 E.T.) DUR 1625 1.2.4.1.13
N/A
$ 1
20%
Núm..
HONORARIOS Y CONSULTORIA
A partir de UVT
Base
Tarifas
3
Honorarios y Comisiones (Cuando el beneficiario del pago sea una persona jurídica o asimilada. DUR 1625 Art. 1.2.4.3.1
N/A
$ 1
11%
4
Honorarios y Comisiones cuando el beneficiario del pago sea una persona natural No declarante (Art. 392 Inc. 3), será del 11% cuando los contratos que se firmen en el año gravable o que la suma de los ingresos con el agente retenedor supere 3.300 uvt ($113.091.000 Uvt año 2017). DUR 1625 Art. 1.2.4.3.1
N/A
$ 1
10%
5
Por servicios de licenciamiento o derecho de uso de software. Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios en el país. DUR 1625 Art. 1.2.4.3.1 Parágrafo, para no declarantes la tarifa se aplica según lo establecido en el numeral 4
N/A
$ 1
3,5%
6
Por actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática.  1625 Art. 1.2.4.3.1 Parágrafo para no declarantes la tarifa aplica según lo establecido en el numeral 4
N/A
$ 1
3,5%
7
Contratos de consultoría y administración delegada diferentes del numeral 6. (Cuando el beneficiario sea una persona jurídica o asimilada) DUR 1625 Art. 1.2.4.10.2
N/A
$ 1
11%
8
Contratos de consultoría y administración delegada P.N. No declarantes (La tarifa será del 11% si cumple con los mismos requisitos del numeral 4) DUR 1625 Art. 1.2.4.10.2
N/A
$ 1
10%
9
En los contratos de consultoría de obras públicas celebrados con personas jurídicas por la Nación, los departamentos las Intendencias, las Comisarías, los Municipios , el Distrito Especial e Bogotá los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado posea el noventa por ciento (90%) o más de su capital social cuyo remuneración se efectúe con base en el método de factor multiplicador. DUR 1625 Art. 1.2.4.10.1
N/A
$ 1
2%
10
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones, que realicen las PN o PJ pública o privado, las sociedades de hecho, y demás entidades a favor de PN o PJ y entidades contribuyentes obligadas a presentar declaración de Renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.10.3.
N/A
$ 1
6%
11
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones, a favor de PN No obligadas a presentar declaración de Renta.  La retención para PN o Uniones temporales Sera del 6% en los casos señalados en el numeral 4.  DUR 1625 Art. 1.2.4.10.3.
N/A
$ 1
10%
12
Prestación de servicios de sísmica para el sector hidrocarburos. Pagos o abonos en cuenta que realicen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales a PN, PJ o asimiladas obligados a declarar renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.13. Para No declarantes de renta la tarifa es del 10%
N/A
$ 1
6%
Núm..
SERVICIOS
A partir de UVT
Base
Tarifas
13
Servicios en general personas jurídicas y asimiladas y PN declarantes de renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.14.
4
$ 137.000
4%
14
Servicios en general PN no declarantes de renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.14.
4
$ 137.000
6%
15
Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, aéreo o marítimo) DUR 1625 Art. 1.2.4.4.8.
4
$ 137.000
1%
16
Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre). DECLARANTES Y NO DECLARANTE DUR 1625 Art. 1.2.4.10.6.
27
$ 925.000
3,5%
17
Servicio de transporte nacional de pasajeros (aéreo y marítimo)  DUR 1625 Art. 1.2.4.4.6.
4
$ 137.000
1%
18
Servicios prestados por Empresas Temporales de Empleo. (Sobre AIU Mayor o igual a 4 uvt) DUR 1625 Art. 1.2.4.4.10.
4
$ 137.000
1%
19
Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo. (Sobre AIU Mayor o igual a 4 uvt). DUR 1625 Art. 1.2.4.4.10.
4
$ 137.000
2%
20
Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos (Art. 392 Inc. 5 E.T.) DUR 1625 Art. 1.2.4.4.12.
4
$ 137.000
2%
21
Arrendamiento de Bienes Muebles. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.10.
N/A
$ 1
4%
22
Arrendamiento de Bienes Inmuebles. DECLARANTES Y NO DECLARANTES. DUR 1625 Art. 1.2.4.10.6.
27
$ 925.000
3,5%
23
Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que sean "declarantes de renta" DUR 1625 Art. 1.2.4.10.9.
27
$ 925.000
4%
24
Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que no sean declarantes de renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.10.9.
27
$ 925.000
3,5%
25
Servicio de Hoteles , Restaurantes y Hospedajes.  DECLARANTES Y NO DECLARANTES DUR 1625 Art. 1.2.4.10.6.
4
$ 137.000
3,5%
26
Contratos de construcción, urbanización y en general confección de obra material de bien inmueble. DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.
27
$ 925.000
2%
Núm..
COMPRAS
A partir de UVT
Base
Tarifas
27
Compras y otros ingresos tributarios en general DECLARANTE DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.
27
$ 925.000
2,5%
28
Compras y otros ingresos tributarios en general NO DECLARANTE DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.
27
$ 925.000
3,5%
29
Compra de bienes y productos Agrícolas o Pecuarios sin procesamiento industrial . Con procesamiento aplica la retención por compras, o en las compras de café pergamino tipo federación DUR 1625 Art. 1.2.4.6.7.
92
$ 3.153.000
1.5%
30
Compra de Café Pergamino o cereza. DUR 1625 Art. 1.2.4.6.8.
160
$ 5.483.000
0.5%
31
Compra de Combustibles derivados del petróleo a favor de distribuidores mayoristas o minoristas de combustibles. DUR 1625 Art. 1.2.4.10.5.
N/A
$ 1
0.1%
32
Adquisición de Vehículos. DUR 1625 Art. 1.2.4.6.9
N/A
$ 1
1%
33
Compra de oro por las sociedades de comercialización internacional. DUR 1625 Art. 1.2.4.6.9
N/A
$ 1
1%
34
Adquisición de Bienes raíces para vivienda de habitación por las primeras 20.000 uvt.  DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.
20.000
$ 0
1%
35
Adquisición de Bienes raíces para vivienda de habitación sobre el exceso de las primeras 20.000 uvt. DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.
20.000
$ 685.400.000
2,5%
36
Adquisición de Bienes raíces uso diferente a vivienda de habitación. DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.
27
$ 925.000
2,5%
37
Enajenación de activos fijos por parte de una persona natural o jurídica (Art. 398, 399 y 368-2 E.T.) o venta de bienes inmuebles vendedor persona natural. DUR 1625 Art. 1.2.4.5.1.
N/A
$ 1
1%
Núm..
OTROS
A partir de UVT
Base
Tarifas
38
Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas débito o crédito. DUR 1625 Art. 1.3.2.1.8.
N/A
$ 1
1,5%
39
Loterías, Rifas, Apuestas y similares. DUR 1625 Art. 1.2.5.1.
48
$ 1.645.000
20%
40
Premios obtenidos por el propietario del caballo o can en concursos hípicos o similares. DUR 1625 Art. 1.2.5.4.
N/A
$ 1
10%
41
Colocación independiente de juegos de suerte y azar. Los ingresos diarios de cada colocador deben exceder de 5 UVT (Art. 401-1 E.T.)
5
$ 171.000
3%
42
Indemnizaciones diferentes a las salariales y a las percibidas en demandas contra el estado (Art. 401-2 E.T.)
N/A
$ 1
20%
43
Rendimientos Financieros Provenientes de títulos de renta fija, contemplados en el Decreto 700 de 1997. DUR 1625 Art. 1.2.4.2.83
N/A
$ 1
4%
44
Rendimientos financieros en general Art. 395, 396 y DUR 1625 Art. 1.2.4.2.5
N/A
$ 1
7%
45
Rendimientos financieros provenientes de títulos de denominación en moneda extranjera DUR 1625 Art. 1.2.4.2.56
N/A
$ 1
4%
46
Ingresos provenientes de las operaciones realizadas a través de instrumentos financieros derivados. Decreto 2418 de 2013 Art. 1
N/A
$ 1
2,5%
47
Intereses originados en operaciones activas de crédito u operaciones de mutuo comercial. DUR 1625 Art. 1.2.4.2.85
N/A
$ 1
2,5%
48
Dividendos y participaciones gravadas año gravable 2016 y anteriores, No declarantes residentes, sociedades u otras entidades extranjeras, por personas naturales sin residencia en Colombia y por sucesiones ilíquidas de causantes que no eran residentes en Colombia DUR 1625 Art. 1.2.4.7.1.
N/A
$ 1
33%
49
Dividendos y participaciones gravadas año gravable 2016 y anteriores. Declarantes. DUR 1625 Art. 1.2.4.7.1.
1400
$ 47.978.000
20%
50
Por actividades de estudios de mercado y la realización de encuestas de opinión pública que se efectúen a las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades DUR 1625 Art. 1.2.4.3.1.
N/A
$ 1
4%

RETENCION POR PAGOS AL EXTERIOR.
* Las tarifas cambian para los países con acuerdos de doble tributación vigente. Ley 142 de 1994
Núm..
Conceptos
A partir de UVT
Base
Tarifas
51
Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidos por sociedades y entidades extranjeras y por personas naturales no residentes.  Art. 245 E.T.
N/A
Gravadas
33%
N/A
No gravadas
7,5%
52
Dividendos y participaciones gravadas. Personas Naturales Residentes. Año gravable 2017 y siguientes. Art. 242 E.T
N/A
$ 0
33%
53
Dividendos y participaciones no gravadas. Personas Naturales Residentes. Año gravable 2017 y siguientes. Art. 242 E.T.
N/A
0 a 300 UVT
0%
N/A
>300 uvt
15%
54
Intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial. Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
20%
55
Consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, bien sea que se presten en Colombia o desde el exterior.  Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
20%
56
Tarifa para rentas en explotación de programas de computador.  Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
                               1
20%
57
Retención en la Fuente por Servicios Artísticos de Extranjeros. Ley 1493 2011 Art. 5.
N/A
$ 1
8%
58
En el caso de los denominados contratos "Llave en mano" y demás contratos de confección de obra material, se considera renta de fuente nacional para el contratista, el valor total del respectivo contrato. Art. 412 E.T.
N/A
$ 1
1%
59
Arrendamiento de maquinaria para construcción, mantenimiento, o reparación de obras civiles que efectúen los constructores colombianos en desarrollo de contratos que hayan sido objeto de licitaciones públicas internacionales.  Art. 414 E.T.
N/A
$ 1
2%
60
Profesores extranjeros sin residencia en el país, contratados por períodos no superiores a cuatro (4) meses por instituciones de educación superior, aprobadas por el ICFES. Art. 409 E.T.
N/A
$ 1
7%
61
Los pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia.  Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
15%
62
Los pagos o abonos en cuenta, originados en contratos de leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos, así como sus partes que se celebren directamente o a través de compañías de leasing, con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia. Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
1%
63
Rendimientos financieros o intereses, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos o valores de contenido crediticio, por término igual o superior a ocho (8) años, destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociaciones Público-Privadas en el marco de la Ley 1508 de 2012.  Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
5%
64
Prima cedida por reaseguros realizados a personas no residentes o no
domiciliadas en el país.
 Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
1%
65
Pagos o abonos en cuenta realizados a la casa matriz, por concepto de gastos de administración o dirección, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país. Según el E.T. Art. 124.  Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
33%
66
Explotación de películas cinematográficas a cualquier título. Ley 1943 de 2018 Art. 86. Modifica Art. 408 E.T.
N/A
$ 1
20%
67
Servicios de transporte internacional, prestados por empresas de transporte
aéreo o marítimo sin domicilio en el país.
Ley 1819 de 2016 Art. 186. Modifica Art. 414-1 E.T.
N/A
$ 1
5%
68
En los demás casos no contemplados, diferentes a ganancias ocasionales. Art. 415 E.T.
N/A
$ 1
15%
69
Concepto sea ganancia ocasional.   Art. 415 E.T.
N/A
$ 1
10%





RETENCION DE IVA
70
Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas débito o crédito (Servicios 4UVT, Bienes 27UVT.)
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
15% del Iva
71
Por el pago de servicios gravados con IVA y quien prestó el servicio es un no residente en Colombia. E.T. Art. 437-2 núm. 3.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
100% del IVA
72
Por compras de aviones (en este caso el agente de retención es la Aeronáutica Civil ), Art. 437 - 2 E.T. DUR 1625 Art. 1.3.2.1.6.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
100% del IVA
73
Retención de IVA para venta de chatarra identificada con la nomenclatura arancelaria andina 72.04, 74.04 Y 76.02, se generará cuándo esta sea vendida a las siderúrgicas. (Art. 437-4) DUR 1625 Art. 1.3.2.1.6.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
100% del IVA
74
Retención de IVA para venta de chatarra identificada con la nomenclatura arancelaria andina 72.04, 74.04 Y 76.02, efectuada por las siderúrgicas a otras siderúrgicas o a terceros, se genera el impuesto sobre las ventas a la tarifa general y la retención, cuando a ella hubiere lugar,  DUR 1625 Art. 1.3.2.1.9.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
15% del Iva
75
El IVA causado en la venta de tabaco en rama o sin elaborar y desperdicios de tabaco identificados con la nomenclatura arancelaria andina 24.01. por parte de los productores del régimen común, será retenido por la empresa tabacalera. DUR 1625 Art. 1.3.2.1.10.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
100% del IVA
76
El IVA causado en la venta de tabaco en rama o sin elaborar y desperdicios de tabaco identificados con la nomenclatura arancelaria andina 24.01.  efectuada por las empresas tabacaleras a otras empresas tabacaleras o a terceros. DUR 1625 Art. 1.3.2.1.10.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
15% del Iva
77
Retención de IVA para venta de papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos) cuando estos sean vendidos a las empresas de fabricación de pastas celulósicas,
papel y cartón ; fabricación de papel y cartón ondulado, fabricación de envases,
empaques y de embalajes de papel y cartón; y, fabricación de otros artículos de
papel y cartón.
DUR 1625 Art. 1.3.2.1.10.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
100% del IVA
78
Retención de IVA para venta de desperdicios y deshechos de plomo se generará cuando estos sean vendidos a las empresas de fabricación de pilas, baterías y acumuladores eléctricos.  DUR 1625 Art. 1.3.2.1.10.
No aplica
La base es el 100% del IVA teórico
100% del IVA




RETENCION EN LA FUENTE 2023

 

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